27 mar 2012

AVISO A LOS QUE ESTAIS TENIENDO PROBLEMAS SUBIENDO EL POWERPOINT A BLOGGER

Laura y Debora también han tenido sus problemas...pero aqui está su presentación, ahora ya sólo os falta alojarla en Blogger.
Constitucion 1812
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La presentación del grupo de Leticia, Lorena y Sonia está en su7 blog, pero aparece sólo el enlace. Teneis que incrustarla en el blog copiando el HTML usando la función "embed this presentation" que se señaliza con este simbolo: < >

26 mar 2012

Tutoriales TIC | Didacticatic/enlaces

Tutoriales TIC | Didacticatic.




Aqui os dejo material para que sigais descubriendo nuevas herramientas para presentar vuestro trabajo. Como veis Beatriz ya se ha atrevido a trabajar con Prezi. Podeis ver su presentación en la barra lateral.

Aqui teneis un ejemplo de lo que se puede hacer con esta herramienta "Glogster", en este caso la autora ha hecho un cuadro de enlaces a diferentes herramientas de la web 2.0, pero también podeis ver otro ejemplo más próximo a lo que nosotros buscamos: La guerra de 1812 (EEUU)



22 mar 2012

Bicentenario de la Pepa (I), noticia de el Imparcial.es

1812-2012: Bicentenario de la Pepa (I)

17-03-2012
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Soy un entusiasta de las conmemoraciones de la Constitución de Cádiz. Como en México entre 2008 y 2024 estaremos inmersos en centenarios y bicentenarios, me viene como anillo al dedo. Llevo años difundiendo la trascendental obra gaditana y este año, el de su bicentenario, no puede ser la excepción. En mis cursos de historia del derecho mexicano rescato este episodio. Le he cogido cariño al tema y sus autores merecen ser honrados. Aquí en ultramar, la de Cádiz es un referente siempre insalvable.

Cádiz debe ser ante todo, un referente imprescindible de cualquier estudiante de leyes iberoamericano. Es además, el cimiento de la lucha por nuestros derechos. Allí radica en gran medida su importancia. Como abogado quedo más que obligado a rememorar tan ilustre documento y su origen pesaroso pero formidable. Cádiz es un parte-aguas dela forma en que concebimos al derecho, la autoridad, a nuestras prerrogativas, al mundo por transformar.

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DESDE ULTRAMAR

1812-2012: Bicentenario de La Pepa (II)

19-03-2012
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Dos siglos han transcurrido desde que se juramentó la “Constitución de la Monarquía Española” conocida en la Historia como la Constitución de Cádiz. A despecho de la de Bayona que fue hecha a instancias de José Bonaparte, el espurio José I rey de España e Indias y desconocida por quienes se hicieron llamar patriotas, la de Cádiz termina siendo a querer o no, la primera de las constituciones del mundo hispánico y ello la torna de suma importancia.
¿Cómo la vemos aquí, en ultramar? ¿es distinta de cómo se la mira en citramar? Es preciso decir que fue nutrida con el pensamiento de egregios diputados provenientes de distintas condiciones sociales y geográficas, todos varones, sí, pero todos con la convicción de que hablaban por el pueblo español “de ambos hemisferios” como consagró la carta gaditana.
Es la primera vez que desde se plasmaba la unidad imperial con el necesario concurso de los súbditos de ultramar, cuyos clamores no fueron ni menos ni intrascendentes, sino todo lo contrario. Y los hicieron valer en Cádiz.
La Constitución de Cádiz fue un reto al statu quo. Adoptó los principales modelos jurídicos en boga, que consagraron derechos y libertades que rompieron con el antiguo régimen e intentando aplacar las revueltas y sublevaciones americanas que enfrentaba la monarquía hispana, colocándola ya a un tris de disolverse en 1812. Aquellos levantamientos fueron contra España, los malos gobiernos padecidos y su temor a que vencido el gobierno español, entregara a Francia porciones de su territorio americano. Cádiz paliaría la situación combatiendo ese ”mal gobierno” que no era otra cosa, sino aquel que se manifestaba en América en dos vertientes hasta hoy perfectamente reconocibles: a) la explotación que acusó a los funcionarios peninsulares de la Corona, clamando porque se supiera en la Península y b) contra los llamados afrancesados, al temerse que claudicaran ante Napoleón y sus huestes, con tal de firmar la paz y siguiendo instrucciones del emperador, entregando España parte de su rico imperio a las manos francesas, cosa que se temía desde Nueva España hasta Río de la Plata y era menester entonces, separarse de la Península lo antes posible en ausencia del rey, pues era solo con el aquel pacto histórico de sumisión, no con los españoles.

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                                                                                                                                     enlace a esta noticia de elimparcial.es

20 mar 2012

prensa

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La Constitución de 1812 y los males de España

El contexto histórico de nuestra primera Carta Magna
EMILIO LA PARRA LÓPEZ,  CATEDRÁTICO DE HISTORIA CONTEMPORÁNEA

Ayer hizo 200 años que se proclamó la Constitución elaborada por las Cortes de Cádiz. Por ser la primera Constitución liberal española y por contener, asimismo, los principios básicos de la política moderna (soberanía nacional, división de poderes, reconocimiento de derechos, regulación del sistema de participación de los ciudadanos en la política) se le ha considerado, con razón, pieza clave en la construcción de la España contemporánea. De ahí las muchas alabanzas que cosecha en nuestros días y los múltiples actos programados para festejarla. 

Aquella Constitución fue obra de unas Cortes que comenzaron sus sesiones el 24 de septiembre de 1810 en la Isla de León (hoy San Fernando) y las continuaron al año siguiente en la ciudad de Cádiz. No fue fácil ese tiempo para España, que desde 1793 y casi sin interrupción estaba en guerra (primero contra la República Francesa y luego contra Inglaterra) y a finales de mayo de 1808 acababa de iniciar otra, la más dura y destructiva de todas, contra Napoleón. Esta nueva guerra, cuyo desarrollo fue casi siempre desfavorable para las tropas españolas, agravó la crítica situación económica del país, cuya principal actividad, la agricultura, pasaba serias dificultades desde finales del siglo XVIII a causa de la sucesión de malas cosechas (las de 1804 y 1805 fueron catastróficas, agravadas por una epidemia de fiebre amarilla que causó gran mortandad). La guerra paralizó o dificultó considerablemente el comercio marítimo, de modo que en aquellas ciudades donde constituía un recurso fundamental y donde se habían desarrollado manufacturas relacionadas con él, caso de Alicante, hubo un aumento apreciable de desocupados y mendigos y la mayor parte de la población pasó literalmente hambre. Para colmo, escasearon las llegadas de los barcos con metales preciosos procedentes de América, remesas estas que hasta entonces habían paliado las penurias de la Hacienda real.
 

Cuando se reunieron aquellas Cortes era España un país al borde de la bancarrota, empobrecido hasta el extremo. Sin embargo, fue capaz de hacer frente a las tropas de Napoleón. Este hecho ha sorprendido desde siempre a los historiadores. ¿Cómo fue posible que en situación tan desfavorable aquella España empobrecida y atrasada resistiera al mejor ejército del mundo? La pregunta queda abierta, pero a partir de los muchísimos estudios que se han dedicado a este tiempo es posible aproximarse a una respuesta satisfactoria. Evidentemente, hubo mucho heroísmo, pero por sí mismo esto no explica las cosas, pues con heroísmo o sin él, una nación puede ser aniquilada. En el plano militar fue decisiva la ayuda británica, pero no todo se dilucidó en el campo de batalla, pues de haber sido así, lo lógico es que debido a las continuas victorias francesas, a la altura de 1812 toda España hubiera caído en poder de Napoleón. Creo, pues, que al responder a la pregunta formulada habría que tener en cuenta otros factores, fundamentalmente los políticos. Y en este punto cobra importancia la obra de las Cortes de Cádiz.
 

Estas Cortes se ocuparon de la guerra, pero no se limitaron a esto. Para mantener el esfuerzo bélico y superar el desastroso estado de España decidieron que era preciso afrontar con decisión las cuestiones sociales y políticas de fondo y esto les condujo a hacer la revolución: sustituyeron las bases del orden estamental por una nueva sociedad formalmente igualitaria y cambiaron el sistema político. Todo ello quedó formalizado en la Constitución de 1812, de ahí su relevancia.

Aquellas Cortes fueron, sin duda, muy valientes. Marcaron límites con toda claridad al ejercicio del poder por parte del rey, eliminaron los privilegios de los titulares de señoríos (aristócratas, órdenes militares, monasterios, obispados?), suprimieron la Inquisición, declararon la libertad de prensa, acabaron con el llamado «voto de Santiago», que era un tributo pagado por los labradores de la mayor parte de España a la catedral de Santiago de Compostela; elaboraron un nuevo sistema de contribución que obligaba a los privilegiados, entre ellos al clero, a contribuir a las cargas del Estado en pie de igualdad al resto de los ciudadanos; impulsaron la libertad de industria y trabajo, sentaron las bases para la desamortización de bienes eclesiásticos, etcétera. Además, para hacer frente a los gastos de la guerra ordenaron a las iglesias que entregaran los objetos de oro y plata no necesarios para el culto y destinaron al mismo fin una parte de los diezmos, el oneroso impuesto histórico de que se beneficiaban el clero y parte de la nobleza.
 

Aquellas Cortes que elaboraron la Constitución de 1812, cuya labor no se agota con lo dicho, demostraron que para hacer frente a una situación catastrófica era imprescindible proceder a cambios políticos de gran calado, que no bastaba con limitarse a resolver el problema más visible y, en apariencia, el más grave: la guerra, como pretendían los conservadores o «serviles». Los males de España no provenían solo de la guerra. Eran problemas de fondo y los diputados liberales, con una valentía que ahora nos sorprende, los afrontaron con decisión, haciendo frente a las protestas y a las maniobras de todo tipo urdidas por quienes se habían beneficiado del estado de cosas antiguo, fundamentalmente la nobleza y el clero.

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19 mar 2012

Homenaje a los diputados gallegos que participaron en la Constitución de 1812


19 marzo 2012 - diapositivas




 A CORUÑA, 19 Mar. (EUROPA PRESS) -

   La Diputación de A Coruña ha rendido homenaje a los 25 diputados gallegos, de ellos 12 de la provincia coruñesa, que participaron en la Constitución de 1812, un acto que su presidente provincial, Diego Calvo, ha aprovechado para reivindicar el papel de los organismos provinciales.




LOS OURENSANOS QUE VOTARON 'LA PEPA'

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ALFREDO BERMÚDEZ . FERNÁNDEZ * - 18-03-2012
Retrotrayéndonos a ese año de 1810 surge la pregunta: ¿quiénes fueron los diputados por Ourense en las Cortes de Cádiz y qué papel desempeñaron? Ni pretendo ni puedo resumir su vida, sino exponer su intervención en las Cortes de Cádiz. He utilizado como fuente de información fundamentalmente los archivos históricos del actual Congreso de los Diputados y los diarios de sesiones de las Cortes de Cádiz.

Nuestros diputados fueron Juan Bernardo Quiroga y Uría, Pedro Cortiñas y Bernardo Martínez. Los tres fueron elegidos diputados por los doce electores del distrito de Ourense el día 15 de mayo de 1810, fecha en la que adquirieron sus poderes. El día 17 de septiembre de 1810 la Comisión de Poderes de las Cortes de Cádiz aprobó los mismos. Así consta en el Índice Histórico de Diputados del actual Congreso.

En los archivos del Congreso de los Diputados existe una lista manuscrita, fechada en 1810, de los diputados asistentes a la sesión inaugural de las Cortes de Cádiz del día 24 de septiembre de dicho año, en la que se declaró 'hallarse los Diputados que componen este Congreso, y que representan la Nación, legítimamente constituidos en Cortes Generales y extraordinarias, en quienes reside la soberanía nacional'. En dicha lista figuran los tres, relacionados por sus nombres y apellidos y por la provincia a la que representan.


Juan Bernardo Quiroga y Uría era natural de la comarca de Trives, en la provincia de Ourense. Su familia residía en la llamada Casa Grande, sita en el actual centro urbano de esa población, hoy reconvertida en casa de turismo rural. Era abogado y vocal de la Junta Superior de Galicia. Fue de los tres el diputado que mayor relevancia política tuvo en las Cortes. Miembro de varías comisiones, entre ellas la de Empleos y la de Memoriales, intervino en diversos debates. Resultó elegido Vicepresidente de las Cortes el día 24 de noviembre de 1812. En el Diario de Sesiones del 1º de noviembre de 1810, se le nombra miembro de la Comisión encargada de examinar las listas de empleados y el 22 de julio de 1811 se le elige para formar parte de la Comisión de Supresión de Empleos, en sustitución del diputado gallego Durán de Castro.

Toma la palabra en la sesión del día 30 de enero de 1811 en relación con la proposición para que se declare el derecho que los reinos y provincias de América tenían para nombrar diputados por las mismas reglas por las que se nombraron los de las provincias europeas, esto es, uno por cada 50.000 habitantes. Se manifiesta a favor de permitir la designación de los representantes de las mismas y afirma que de no admitirse deberían los diputados retirarse 'hasta que vinieran los representantes de América'.

Interviene en la sesión del día 25 de septiembre de 1811 en la que se debate sobre la elección secreta o pública de los electores que han de concurrir a la capital de la provincia para elegir a los diputados de Cortes, pronunciándose a favor del carácter secreto de la misma y afirma textualmente: 'Pues puede suceder que todos o la mayor parte de los electores sean colonos de algún señor, y si es pública la votación, se verían como precisados a elegirle'.

El 4 de octubre de 1811 consta su voto particular 'contra el acuerdo de las Cortes relativo a que no se extendiese a un año después de la diputación la prohibición de admitir empleos los Diputados, y solicitarlos para sí ni para otros'. El 24 de enero de 1812 fue designado para la Comisión de Examen de Memoriales, cesando el 23 de mayo de 1812. El día 10 de octubre de 1812 es elegido miembro de la Comisión encargada de hacer cumplir los mandatos del presidente de las Cortes y los de la Constitución. Firmó la Constitución liberal de Cádiz aprobada el día 19 de marzo de 1812.

Bernardo Martínez era provisor y gobernador eclesiástico del Obispado de Ourense. No me consta que formase parte de alguna Comisión. Intervino en varios debates. El hecho de ser eclesiástico condicionó sus intervenciones en materias que afectaban a la Iglesia Católica o a la jurisdicción de sus miembros. Destacó por su defensa de los intereses de Galicia en general y de Ourense en particular en relación con todo lo que se refería al mundo rural. Se ausentó de Cádiz durante seis meses por razones de salud, y aunque hubo algún reparo por parte de otros diputados a dicha ausencia, que al parecer era bastante frecuente entre los diputados, de sus intervenciones parece resultar que cumplió con sus obligaciones durante el tiempo que estuvieron reunidas las Cortes, reclamando incluso contra la ausencia de la mayoría de los diputados del Reino de Galicia.

En la sesión del 20 de diciembre de 1810 se opone al proyecto de provincias por creerlo 'inadmisible en el Reino de Galicia, y en especial en la provincia de Orense'. En la sesión del 3 de enero de 1811 pide licencia a las Cortes 'por seis meses para ir a su país a repararse de sus males'. Se opusieron los diputados Srs. José Martínez, Capmany y Utgés, alegando que las solicitudes se concedían con demasiada frecuencia y que en Cádiz había médicos, cirujanos y boticas. Las Cortes le concedieron licencia por cuatro meses. Posteriormente, en la sesión del 1 de mayo del mismo año, consta una solicitud de prorroga de la licencia que le fue concedida por otros dos meses.

Después de reincorporarse intervino en la sesión del 23 de agosto de 1811 en relación con la celebración en España de un Concilio de la Iglesia Católica, pronunciándose a favor del mismo, pero afirmando que 'nunca accedería a que el comisionado regio tuviese otro derecho que el de protección, asistiendo si se cree preciso en el sitio o lugar en que se convenga de común acuerdo con la autoridad eclesiástica'.

El 10 de enero de 1812, en el debate sobre los ayuntamientos, propone que se exija un mínimo de 1.000 vecinos para constituir ayuntamiento, al menos para Galicia, puesto que un número menor de estos solo acarrearía un empobrecimiento de la población, al tener que asumir los vecinos los gastos que se originarían.

En la sesión del 13 de enero de 1812 solicita que se exija al arzobispo de Santiago de Compostela que cumpla el decreto de abolición de señoríos jurisdiccionales.

El 20 de abril de 1812 se propuso la reducción a propiedad particular de todos los terrenos baldíos, a lo que se opone Bernardo Martínez por cuanto en Galicia dichos terrenos se solían utilizar como tierra de común para pastos de ganado, siendo la mayoría inútiles para el cultivo. Los diputados precisaron que en el informe ya se aclaraba que las diputaciones provinciales podían solicitar que se conservasen los terrenos llamados de común.

En la sesión del 2 de diciembre de 1812 interviene oponiéndose a que se señale el término de quince días para que el Tribunal de Cortes dicte sentencia en relación con una misiva realizada por el diputado D. Manuel Ros, doctoral de Santiago y eclesiástico, que muchos diputados consideraron subversiva, alegando que el señalamiento de dicho término solo obedecía al hecho de que se trataba de un tema de religión, lo cual motivo una gran desaprobación del resto de los diputados, considerándolo alguno un ultraje al Congreso por ser su afirmación contraria a sus creencias religiosas.

El 19 de abril de 1813 se opone a que las dehesas, heredades y demás tierras particulares puedan cerrarse por sus dueños o poseedores, sin perjuicio de los caminos, travesías y servidumbres, alegando que 'en Galicia en cierto tiempo están cerradas las tierras hasta recoger la cosecha, pero después se abren para que pueda pastar el ganado. Si se les priva de este recurso, es imposible que puedan subsistir'.

En la sesión del 25 de abril de 1813 es llamado al orden por el presidente del Congreso al calificar de 'falsísima, herética y contraria a la autoridad de la Iglesia' la doctrina expuesta por el diputado Sr. Calatrava en la que éste afirmaba que debe suspenderse al juez eclesiástico que es procesado, en las mismas condiciones que un juez civil.

El día 28 de mayo de 1813 firmó, junto con los diputados Manuel Valcarce y Saavedra, Antonio Vázquez de Parga y Bahamonde y Benito Mosquera y Lirá, una exposición dirigida a la Presidencia de las Cortes en el que se llama la atención sobre el reducido número de representantes de Galicia en dichas Cortes, pues de 25 representantes, solo asisten a las sesiones nueve, por lo que proponen que se llame a los diputados suplentes para que se presenten en el Congreso a desempeñar el cargo para el que fueron elegidos y se pase oficio al diputado Sr. Ros para que concurra a las Cortes a desempeñar las obligaciones anejas al cargo. Firmó la Constitución liberal de Cádiz aprobada el día 19 de marzo de 1812.


De Pedro Cortiñas no consta su participación activa ni en los debates del Congreso ni en comisiones. Firmó la Constitución liberal de Cádiz aprobada el día 19 de marzo de 1812.

También fue relevante la intervención en las Cortes de Cádiz del Cardenal Quevedo, obispo de Ourense, pero su participación no fue en condición de diputado por esta provincia, sino como presidente del Consejo de Regencia. Por lo demás su intervención es muy conocida, llegando a ser novelada por Benito Pérez Galdós en sus Episodios Nacionales.



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BICENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN: 1812-2012

PRESENTACIONES DE LA SEMANA: SOCIEDAD Y CIUDADANÍA

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LAS PRESENTACIONES DE LA SEMANA (PCPI) :Beatriz , Eduardo, Tamara, Mishell , Jonatan.

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