19 mar 2012

Homenaje a los diputados gallegos que participaron en la Constitución de 1812


19 marzo 2012 - diapositivas




 A CORUÑA, 19 Mar. (EUROPA PRESS) -

   La Diputación de A Coruña ha rendido homenaje a los 25 diputados gallegos, de ellos 12 de la provincia coruñesa, que participaron en la Constitución de 1812, un acto que su presidente provincial, Diego Calvo, ha aprovechado para reivindicar el papel de los organismos provinciales.




LOS OURENSANOS QUE VOTARON 'LA PEPA'

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ALFREDO BERMÚDEZ . FERNÁNDEZ * - 18-03-2012
Retrotrayéndonos a ese año de 1810 surge la pregunta: ¿quiénes fueron los diputados por Ourense en las Cortes de Cádiz y qué papel desempeñaron? Ni pretendo ni puedo resumir su vida, sino exponer su intervención en las Cortes de Cádiz. He utilizado como fuente de información fundamentalmente los archivos históricos del actual Congreso de los Diputados y los diarios de sesiones de las Cortes de Cádiz.

Nuestros diputados fueron Juan Bernardo Quiroga y Uría, Pedro Cortiñas y Bernardo Martínez. Los tres fueron elegidos diputados por los doce electores del distrito de Ourense el día 15 de mayo de 1810, fecha en la que adquirieron sus poderes. El día 17 de septiembre de 1810 la Comisión de Poderes de las Cortes de Cádiz aprobó los mismos. Así consta en el Índice Histórico de Diputados del actual Congreso.

En los archivos del Congreso de los Diputados existe una lista manuscrita, fechada en 1810, de los diputados asistentes a la sesión inaugural de las Cortes de Cádiz del día 24 de septiembre de dicho año, en la que se declaró 'hallarse los Diputados que componen este Congreso, y que representan la Nación, legítimamente constituidos en Cortes Generales y extraordinarias, en quienes reside la soberanía nacional'. En dicha lista figuran los tres, relacionados por sus nombres y apellidos y por la provincia a la que representan.


Juan Bernardo Quiroga y Uría era natural de la comarca de Trives, en la provincia de Ourense. Su familia residía en la llamada Casa Grande, sita en el actual centro urbano de esa población, hoy reconvertida en casa de turismo rural. Era abogado y vocal de la Junta Superior de Galicia. Fue de los tres el diputado que mayor relevancia política tuvo en las Cortes. Miembro de varías comisiones, entre ellas la de Empleos y la de Memoriales, intervino en diversos debates. Resultó elegido Vicepresidente de las Cortes el día 24 de noviembre de 1812. En el Diario de Sesiones del 1º de noviembre de 1810, se le nombra miembro de la Comisión encargada de examinar las listas de empleados y el 22 de julio de 1811 se le elige para formar parte de la Comisión de Supresión de Empleos, en sustitución del diputado gallego Durán de Castro.

Toma la palabra en la sesión del día 30 de enero de 1811 en relación con la proposición para que se declare el derecho que los reinos y provincias de América tenían para nombrar diputados por las mismas reglas por las que se nombraron los de las provincias europeas, esto es, uno por cada 50.000 habitantes. Se manifiesta a favor de permitir la designación de los representantes de las mismas y afirma que de no admitirse deberían los diputados retirarse 'hasta que vinieran los representantes de América'.

Interviene en la sesión del día 25 de septiembre de 1811 en la que se debate sobre la elección secreta o pública de los electores que han de concurrir a la capital de la provincia para elegir a los diputados de Cortes, pronunciándose a favor del carácter secreto de la misma y afirma textualmente: 'Pues puede suceder que todos o la mayor parte de los electores sean colonos de algún señor, y si es pública la votación, se verían como precisados a elegirle'.

El 4 de octubre de 1811 consta su voto particular 'contra el acuerdo de las Cortes relativo a que no se extendiese a un año después de la diputación la prohibición de admitir empleos los Diputados, y solicitarlos para sí ni para otros'. El 24 de enero de 1812 fue designado para la Comisión de Examen de Memoriales, cesando el 23 de mayo de 1812. El día 10 de octubre de 1812 es elegido miembro de la Comisión encargada de hacer cumplir los mandatos del presidente de las Cortes y los de la Constitución. Firmó la Constitución liberal de Cádiz aprobada el día 19 de marzo de 1812.

Bernardo Martínez era provisor y gobernador eclesiástico del Obispado de Ourense. No me consta que formase parte de alguna Comisión. Intervino en varios debates. El hecho de ser eclesiástico condicionó sus intervenciones en materias que afectaban a la Iglesia Católica o a la jurisdicción de sus miembros. Destacó por su defensa de los intereses de Galicia en general y de Ourense en particular en relación con todo lo que se refería al mundo rural. Se ausentó de Cádiz durante seis meses por razones de salud, y aunque hubo algún reparo por parte de otros diputados a dicha ausencia, que al parecer era bastante frecuente entre los diputados, de sus intervenciones parece resultar que cumplió con sus obligaciones durante el tiempo que estuvieron reunidas las Cortes, reclamando incluso contra la ausencia de la mayoría de los diputados del Reino de Galicia.

En la sesión del 20 de diciembre de 1810 se opone al proyecto de provincias por creerlo 'inadmisible en el Reino de Galicia, y en especial en la provincia de Orense'. En la sesión del 3 de enero de 1811 pide licencia a las Cortes 'por seis meses para ir a su país a repararse de sus males'. Se opusieron los diputados Srs. José Martínez, Capmany y Utgés, alegando que las solicitudes se concedían con demasiada frecuencia y que en Cádiz había médicos, cirujanos y boticas. Las Cortes le concedieron licencia por cuatro meses. Posteriormente, en la sesión del 1 de mayo del mismo año, consta una solicitud de prorroga de la licencia que le fue concedida por otros dos meses.

Después de reincorporarse intervino en la sesión del 23 de agosto de 1811 en relación con la celebración en España de un Concilio de la Iglesia Católica, pronunciándose a favor del mismo, pero afirmando que 'nunca accedería a que el comisionado regio tuviese otro derecho que el de protección, asistiendo si se cree preciso en el sitio o lugar en que se convenga de común acuerdo con la autoridad eclesiástica'.

El 10 de enero de 1812, en el debate sobre los ayuntamientos, propone que se exija un mínimo de 1.000 vecinos para constituir ayuntamiento, al menos para Galicia, puesto que un número menor de estos solo acarrearía un empobrecimiento de la población, al tener que asumir los vecinos los gastos que se originarían.

En la sesión del 13 de enero de 1812 solicita que se exija al arzobispo de Santiago de Compostela que cumpla el decreto de abolición de señoríos jurisdiccionales.

El 20 de abril de 1812 se propuso la reducción a propiedad particular de todos los terrenos baldíos, a lo que se opone Bernardo Martínez por cuanto en Galicia dichos terrenos se solían utilizar como tierra de común para pastos de ganado, siendo la mayoría inútiles para el cultivo. Los diputados precisaron que en el informe ya se aclaraba que las diputaciones provinciales podían solicitar que se conservasen los terrenos llamados de común.

En la sesión del 2 de diciembre de 1812 interviene oponiéndose a que se señale el término de quince días para que el Tribunal de Cortes dicte sentencia en relación con una misiva realizada por el diputado D. Manuel Ros, doctoral de Santiago y eclesiástico, que muchos diputados consideraron subversiva, alegando que el señalamiento de dicho término solo obedecía al hecho de que se trataba de un tema de religión, lo cual motivo una gran desaprobación del resto de los diputados, considerándolo alguno un ultraje al Congreso por ser su afirmación contraria a sus creencias religiosas.

El 19 de abril de 1813 se opone a que las dehesas, heredades y demás tierras particulares puedan cerrarse por sus dueños o poseedores, sin perjuicio de los caminos, travesías y servidumbres, alegando que 'en Galicia en cierto tiempo están cerradas las tierras hasta recoger la cosecha, pero después se abren para que pueda pastar el ganado. Si se les priva de este recurso, es imposible que puedan subsistir'.

En la sesión del 25 de abril de 1813 es llamado al orden por el presidente del Congreso al calificar de 'falsísima, herética y contraria a la autoridad de la Iglesia' la doctrina expuesta por el diputado Sr. Calatrava en la que éste afirmaba que debe suspenderse al juez eclesiástico que es procesado, en las mismas condiciones que un juez civil.

El día 28 de mayo de 1813 firmó, junto con los diputados Manuel Valcarce y Saavedra, Antonio Vázquez de Parga y Bahamonde y Benito Mosquera y Lirá, una exposición dirigida a la Presidencia de las Cortes en el que se llama la atención sobre el reducido número de representantes de Galicia en dichas Cortes, pues de 25 representantes, solo asisten a las sesiones nueve, por lo que proponen que se llame a los diputados suplentes para que se presenten en el Congreso a desempeñar el cargo para el que fueron elegidos y se pase oficio al diputado Sr. Ros para que concurra a las Cortes a desempeñar las obligaciones anejas al cargo. Firmó la Constitución liberal de Cádiz aprobada el día 19 de marzo de 1812.


De Pedro Cortiñas no consta su participación activa ni en los debates del Congreso ni en comisiones. Firmó la Constitución liberal de Cádiz aprobada el día 19 de marzo de 1812.

También fue relevante la intervención en las Cortes de Cádiz del Cardenal Quevedo, obispo de Ourense, pero su participación no fue en condición de diputado por esta provincia, sino como presidente del Consejo de Regencia. Por lo demás su intervención es muy conocida, llegando a ser novelada por Benito Pérez Galdós en sus Episodios Nacionales.



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